El tiempo - Tutiempo.net

Todos los planes sociales que se van a convertir en trabajo formal

0


Compartí esta nota

El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 711 cuyo objetivo es convertir los planes sociales en trabajo formal y empleo genuino. La medida incluye los programas Potenciar Trabajo y el Inserción Laboral. 

Y establece que los ministerios de Trabajo y Desarrollo Social tienen que ocuparse de llevar a la práctica esa reconversión anunciada por el presidente Alberto Fernández en su discurso ante empresarios en el cierre del Coloquio de IDEA 2021 la semana pasada.

Tal como anticipó El Cronista, el Poder Ejecutivo se adelantó a la veda electoral en la previa de las elecciones legislativas del 14 de noviembre para cumplir una de las promesas de campaña con las que intenta revertir el mal desempeño del oficialismo en las PASO.

Según la reglamentación, quienes reciben el beneficio de los programas de ayuda social Potenciar Trabajo e Inserción Laboral van a recibir la capacitación necesaria que les permita ser empleados y acceder a una relación de trabajo formal. 

DE QUÉ SE TRATA EL CAMBIO DE PLANES SOCIALES A TRABAJO FORMAL

El decreto establece que los ministerios de Trabajo y Desarrollo Social tienen que convertir las prestaciones de los beneficiarios en incentivos de contratación en trabajo registrado asalariado privado.

En principio, el objetivo del Gobierno es permitir la convivencia entre la asignación monetaria de los programas oficiales con el salario, o bien cubrir parte del costo del empleador durante el período que se defina.

Antes de las PASO,Sergio Massa había anticipado la intención de transformar los planes sociales en trabajo aunque no había detalles sobre cuáles formarían parte de la iniciativa. “El plan social es la emergencia, lo permanente y digno es el trabajo. Tenemos que hacerlo por ley“, dijo en julio el presidente de la Cámara de Diputados. 

Y n un posteo en Twitter, reveló que el Gobierno planeaba “un esquema con metas, capacitaciones y herramientas de promoción para salir de la emergencia del plan y construir un puente hacia el trabajo para casi un millón de argentinos”.

QUÉ PLANES SOCIALES SE VAN A CONVERTIR EN TRABAJO FORMAL: EL DECRETO, PUNTO POR PUNTO


1- Los ministerios de Desarrollo Social y Trabajo, Empleo y Seguridad Social “efectuarán las modificaciones necesarias en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral, con el objetivo de convertir las diferentes prestaciones de asistencia a personas desempleadas o con trabajos precarizados en incentivos para la contratación de sus beneficiarios bajo la forma de empleo asalariado registrado en el sector privado”.

2- Los programas de formación, empleo e intermediación laboral son Potenciar Trabajo e Inserción Laboral. Sin embargo, el decreto aclara que cada cartera podrá “modificar la nómina de programas y políticas en función del análisis de los requerimientos específicos de los distintos sectores de la actividad económica”.

3- REQUISITOS

La aplicación del programa específico estará sujeta al cumplimiento de uno o ambos: 

  • Incremento neto de la nómina del personal del empleador que adhiera, de acuerdo al modo de medición que se establezca en cada sector 
  • Límites máximos de trabajadores alcanzados.

4- PRESTACIONES

  • La prestación se considerará parte integrante del salario respectivo en forma total o parcial, en la forma, plazo y condiciones que se determinen para cada sector de actividad. 
  • En casos particulares, en función de los montos efectivos de salario y plazos de contratación vigentes, podrá establecerse la compatibilidad entre la prestación y la remuneración abonada.
  • El valor de dicha prestación y su duración, las modalidades y plazos de contratación y el número máximo de trabajadores que puedan ser incorporados bajo estos programas serán fijados en forma conjunta por ambos ministerios.
  • En los casos de pluriempleo deberán fijarse las reglas de distribución del incentivo entre los distintos empleadores.

5 – CAPACITACIÓN

Las carteras de Trabajo y Desarrollo Social “deberán elaborar un cronograma para que, en función de las posibilidades y los requerimientos que se determinen respecto de los distintos sectores económicos, todo beneficiario de una prestación asistencial se incorpore a una trayectoria formativa ocupacional, tanto a través de cursos específicos como de prácticas calificantes en ambientes de trabajo“.

QUÉ PASA SI SE TERMINA EL CONTRATO DE TRABAJO

  • Producida la discontinuidad del contrato de trabajo, las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de volver a percibir la asistencia que establece el programa correspondiente. 
  • ¿El requisito? Que el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supere los 12 meses, dentro de los dos años anteriores al cese del contrato laboral.
  • Si el período de cotizaciones está entre los 8 y los 12 meses dentro de los dos años anteriores al cese del contrato laboral, los trabajadores podrán optar entre reingresar al programa de origen o acceder a la prestación por desempleo.

Comments are closed.